En nuestro país se acostumbran las entrevistas telefónicas,
¿esto pone en peligro al entrevistado? ¿Tiene la fuente derecho a saber que es
un periodista quién lo entrevista? ¿En qué casos se puede utilizar este
recurso?
Mauro Arias - Fotoperiodista
El Faro - San Salvador, El Salvador
A pesar de sus riesgos, la entrevista telefónica es una
práctica común, especialmente en la radio. La frecuencia con que se acude a
este recurso ha impuesto unas normas o protocolos de obligatorio cumplimiento:
-El periodista debe identificarse e informar sobre el medio
para el que trabaja
-La fuente debe estar enterada del objetivo que se busca con
la entrevista
-La fuente debe autorizar la grabación de la conversación.
-Ninguna fuente tiene obligación de responderle al
periodista.
Como se ve son normas que tienden a proteger los derechos de
la fuente, como garantía para acceder al conocimiento de las verdades que ella
conoce Además de las mencionadas, está la norma de respetar los pactos hechos
con las fuentes:
-Cuando la fuente puede correr peligro para su vida o su
trabajo, el pacto de confidencialidad debe respetarse.
-Otras veces la fuente accede a hablar off the record, es
decir, bajo el compromiso de que no se la citará, o de que el material no será
utilizado sino como ilustración para el periodista.
Si el periodista acepta estas condiciones, debe cumplirlas.
Hay que recordar que la razón de ser del recurso a la fuente es permitirles a
los receptores un servicio de calidad por el acceso a quienes conocen y pueden
compartir la verdad de un hecho. Si la fuente no tiene ese conocimiento, o no
lo comparte, no tiene razón de ser su presencia en el medio.
Documentación. En
el periodismo contemporáneo jamás- digo ”jamás”- se ha convocado una rueda de
prensa para dar una noticia. Puede que al margen de la voluntad del convocante
estos conclaves contengan algún material genuinamente informativo. Pero su
publicación nunca es el motivo de la convocatoria. Se trata de salirle al paso
de una información, dar una versión de las cosas antes que se instale otra que
no convenga, rebatir a quien sea cuando a nadie le importa lo que se rebata y
dar curso a todo lo que interese a entidad o persona en particular antes que al
público. Esa desviación profesional explica la existencia de periodistas
institucionales. ¿Institucio…qué? Si hay algo que no puede ser un periodista es
institucional, se trata de profesionales de la comunicación que han de vender
al público los presuntos logros de sus respectivas federaciones de cámaras,
ministerios, organismos públicos o asimilados. Y no nos confundamos, su función
es tan legítima como la de cualquier profesional del periodismo. Pero no hacen
periodismo por la sencilla razón de que su objetivo no es servir al público
sino al jefe. En Europa y el resto del mundo esa especie existe también, pero
jamás he oido a sus titulares autoproclamarse periodistas institucionales,
porque la gran mayoría es consciente de la contradicción en los términos que la
expresión entraña. En Europa se denomina sin ningún cariño, “institucional” al
periodista obsequioso con el poder, servidor de intereses que él puede
considerar superiores pero que sus escasos lectores reconocerán como propios.
Declaracionitis y oficialismo van de la mano con ese periodismo llamado
“institucional”.
Miguel Angel Bastenier: Cómo se escribe un periódico. Fondo de
Cultura Económica y FNPI, Bogotá, 2009. Pp 68,69.
No hay comentarios:
Publicar un comentario